Minuta CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL PARA INTERVENTORÍA

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CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL PARA INTERVENTORÍA Entre los suscritos, __________ y ___________, mayores de edad y vecinos de __________, identificados con cédulas Nos ____________,___________expedida en ________ y __________expedida en ___________, respectivamente, actuando en nombre propio, que en adelante se denominarán Unión temporal, se ha celebrado el contrato que se determina en las siguientes cláusulas: PRIMERA. Objeto. Se constituye entre los suscritos, la unión temporal ( se le dará un nombre para identificarla, si los intervinientes, o algunos de ellos, pertenecen a más de una, o de un consorcio) para presentar en forma conjunta una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución del contrato, en desarrollo de la licitación pública (nacional o internacional, según el caso), número __________, abierta por (entidad pública), de _________de ________ , en la ciudad de _________, con el objeto de (_______), y que comprende la preparación y presentación de propuestas tendientes a la adjudicación del contrato, hasta la debida terminación y liquidación de éste, en todo de acuerdo con sus estipulaciones y a satisfacción de la entidad contratante. SEGUNDA. Duración. De ser adjudicatario el consorcio, su duración irá desde la suscripción del presente. hasta vencimiento del término del contrato adjudicado y _________ de ___________ meses o años, más. TERCERA. Representante convencional. De mutuo acuerdo, los miembros de la Unión temporal designan como representante convencional de ésta, al ingeniero (u otro profesional, si es el caso), quien está facultado y con poder especial y suficiente para llevar su representación con los fines previstos en la cláusula PRIMERA, en las etapas precontractual, contractual y postcontractual, ante (entidad __________), en desarrollo del trámite licitatorio y contractual. CUARTA. Facultades del representante convencional. El representante convencional de la Unión temporal queda especialmente facultado para suscribir los actos relativos al contrato, tales como la propuesta y su corrección, y el contrato mismo; intervenir en las diligencias que (entidad __________) señale para los fines de la adjudicación del contrato principal; objetar y hacer observaciones a los términos de referencia o al pliego de condiciones, para la mejor prestación del servicio de interventoría y, en general, para notificarse, a nombre de la Unión temporal de las decisiones que (entidad ________) profiera por causa del contrato y para interponer los recursos legales contra las decisiones que juzgue contrarias a derecho. QUINTA. Obligación del representante convencional. El representante legal obra a nombre de la Unión temporal, exclusivamente par los fines del contrato adjudicado. Por tal causa, ejercerá bien y cumplidamente a los demás miembros de los actos que ejecute o que (entidad _________) profiera en desarrollo del procedimiento contractual. SEXTA. Propuesta por unión temporal. En la propuesta anunciará expresamente, que la presentación se hace a título de unión temporal. SEPTIMA. Régimen de la unión temporal. Los miembros de la Unión temporal declaran someterse íntegramente a lo acordado en el presente, prometiendo cumplir el contrato objeto del mismo; a tomar decisiones relativas a la actividad de la Unión temporal, por unanimidad; a responder satisfactoriamente de los deberes del acuerdo; y a desatar las controversias que ocurran por mutuo consenso, sin requerir la intervención de un tercero par lograrlo. OCTAVA. Revolución del mandato. El mandato del representante convencional es esencialmente revocable; en consecuencia, los demás miembros de la Unión temporal podrán revocar el mandato cuando juzguen razonablemente que el designado no ejerce el cargo en debida forma. Parágrafo. Toda decisión de los miembros de la Unión temporal que afecte la representación, deberá ser comunicada por escrito y en la debida oportunidad, a (entidad _________), junto con la de la designación del nuevo representante. NOVENA. Responsabilidad solidaria. Por ministerio de la ley, los miembros de la Unión temporal son solidariamente responsables de las obligaciones surgidas de la propuesta y del contrato que se suscriba por efecto de aquélla. En consecuencia, los miembros de la Unión temporal se afectarán, tanto por acción como por omisión, por la actividad del consorcio y para los fines del contrato. Cada miembro responderá por su parte y por el todo, como determina la ley; y según los términos de los contratos suscritos. DÉCIMA. Porcentaje de participación. Sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de que trata la cláusula anterior, los miembros de la Unión temporal tendrán, en el contrato adjudicado, una anticipación real de (____%), (______%) y (_____%), según el grado de participación en la ejecución del contrato que corresponda a cada uno. DECIMA PRIMERA. Cesión prohibida. Se prohíbe, en forma absoluta, la cesión del presente contrato, a un tercero o a otro miembro del mismo. DECIMA SEGUNDA. Régimen tributario. Para efectos impositivos, la Unión temporal recibirá el mismo tratamiento de una sociedad constituida legalmente pero en ningún caso será sujeto de doble tributación. DECIMA TERCERA. Distribución de la pena. En caso de que (entidad ________) imponga, a la Unión temporal, una sanción por el incumplimiento de una obligación de la propuesta o del contrato, la pena correspondiente se impondrá al responsable según el grado de participación de los miembros de la Unión temporal, en la parte del objeto contractual afectada. Para constancia, se suscribe en la ciudad de ________ (departamento), a los _________ días de _______ de __________ (Representante convencional, ______________ (miembro, _____________ C.C ___________ C.C _______________ Miembro, _____________ Miembro, _____________ C.C __________________ C.C¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬___________________ COMENTARIOS: a) La interventoría puede ser realizada por una persona natural o jurídica, para controlar, seguir y apoyar el desarrollo de un contrato; asegurar su correcta ejecución y cumplimiento, dentro de los términos establecidos en las normas vigentes sobre la materia y en las clausulas estipuladas por el contrato. Se define en si como la supervisión, la coordinación y el control realizado de los diferentes procesos que se desarrollan en un contrato. b) La interventora se puede realizar en diferentes contratos ya sea de servicio, consultoría, obra, trabajo, compra, suministro lo que persigue es la supervisión, el control y vigilancia de las acciones del contratista para hacer cumplir la normatividad, las especificaciones técnicas, el presupuesto establecido en el contrato. c) La interventoría puede ser ejercida por la misma entidad a través de sus funcionarios, o por contratistas que ejerzan funciones administrativas o técnicas, siempre que este expresamente contenido en el contrato o la ley. La designación se hará por escrito. d) En el ejercicio de sus funciones el interventor deberá tener en cuenta que la actividad de la entidad contratante, se enmarca dentro de los principios constitucionales contenidos en el articulo 209 y de manera especial en los mandatos de la ley 80 de 1993. e) Los interventores externos responden civil y penalmente tanto por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de interventoría, como de los hechos imputables y que causen daño o perjuicio a las entidades, derivadas de la celebración y ejecución de los contratos de los cuales hayan ejercido funciones de interventoría. Los servidores que ejerzan funciones de interventoría, tienen las mismas responsabilidades y además responden disciplinariamente.

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